Dirección de Educación Municipal

La Dirección de Educación Municipal, con sus Departamentos Técnico Pedagógico; Administración y Finanzas; Recursos Humanos; Bienestar Escolar; Jardines Infantiles; y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones e Informática, tiene como objetivo asesorar al o a la  Alcalde/sa y al Concejo, en la formulación de las políticas de educación, como asimismo, administrar la prestación del servicio de educación en la comuna procurando las condiciones óptimas para el desarrollo del proceso educativo en los establecimientos de enseñanza que se encuentran a cargo de la Municipalidad.

La Dirección de Educación Municipal tiene las siguientes funciones:

1.    Asesorar al o la Alcalde/sa y al Concejo en la formulación de políticas relativas a los servicios de educación.

2.    Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con la educación.

3.    Administrar los recursos humanos, materiales y financieros del servicio de educación municipal, en coordinación con las Dirección de Administración y Finanzas Municipal.

4.   Proveer los recursos humanos, financieros y materiales necesarios para el normal desarrollo de las actividades educativas.

5.    Asumir la dirección administrativa de los establecimientos de educación municipal, en conformidad a las disposiciones legales pertinentes.

6.    Proponer, en la oportunidad legal correspondiente, para aprobación del Concejo Municipal, el Plan Anual de Desarrollo Educativo Municipal.

7.    Administrar y coordinar los servicios que entregan los establecimientos de enseñanza dependientes de la Municipalidad, procurando obtener condiciones óptimas para el adecuado desarrollo del proceso educativo en dichos establecimientos.

8.    Velar por el cumplimiento de las normas, planes y programas técnicos-pedagógicos que imparta el Ministerio de Educación.

9.    Coordinar con otras unidades municipales, cuando proceda, las acciones que tengan relación con la educación municipal.

10.    Velar por el adecuado uso y resguardo de los bienes físicos de los establecimientos educacionales bajo su dependencia.

11.    Proponer y asesorar al o a la Alcalde/sa en las materias referidas a la educación municipal, tanto del punto de vista de su organización, como de lo referido al funcionamiento, procedimientos y métodos de trabajo que se consideren oportunos y necesarios para el logro de una mayor eficiencia y eficacia en la administración de los establecimientos educacionales.

12.    Mantener una permanente coordinación entre las diversas instancias integrantes del sistema de enseñanza, tanto pública como privada.

13.    Cumplir con las disposiciones relativas a subvenciones, programas de alimentación escolar y programas especiales.

14.    Promover la adecuada integración de los diversos estamentos partícipes del proceso educativo y de éstos con su comunidad, generando iniciativas de carácter educativo, recreativo, social, cultural o deportivo.

15.  Informar trimestralmente a la Administración Municipal, los principales aspectos de su gestión: programática; presupuestaria; en el ámbito del recurso humano; sobre la administración y ejecución de las Políticas Públicas, en la relación con la Comunidad y los servicios entregados; y en el ámbito de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en el cumplimiento de las funciones de la unidad.