Ordenanza Municipal N°8, sobre Feria Persa Los Morros, y la su Modificación Transitoria contenida en el Decreto Alcaldicio N°2620, de fecha 2 de noviembre del 2021, aprobada por unanimidad en Sesión Extraordinaria N°13 del Concejo Municipal de fecha 28 de octubre del 2021.
El trasfondo de esta medida tiene que ver con el contexto de pandemia y la necesidad de atender requerimientos urgentes de locatarios/as de la Feria Persa.
En síntesis:
- El plazo de vigencia de esta modificación transitoria es de 120 días (marzo 2022).
- El permiso es personal y se puede transferir después de 3 años.
- Que la transferencia conste por escrito (no es necesario escritura ante notario).
- Que el permiso municipal se encuentre al día en su pago.
- Que los permisionarios tengan 65 o más años de edad (caso de hombres) o 60 años o más años de edad (mujeres), casos en los que no aplica el plazo de 3 años antes mencionado.
- Por último, el alcalde, por razones fundadas, relacionadas con enfermedades graves que afecten a titulares o familiares de ellos, podrá autorizar la transferencia del permiso prescindiendo también del plazo de 3 años antes indicado.